POLITICA

El Senado aprobó el proyecto oficial para regular las cautelares

2013-04-19 09:30:56 |La Cámara de Senadores aprobó ayer el proyecto de ley que crea un marco regulatorio sobre la utilización de las medidas cautelares contra el Estado, para evitar que con esto se pueda trabar la aplicación de una iniciativa por un tiempo excesivo. El proyecto obtuvo 39 votos a favor y 29 en contra, y la semana próxima será seguramente debatido por la Cámara de Diputados.
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En la madrugada de ayer, los senadores habían sancionado el proyecto de Ley enviado por el Poder Ejecutivo para la creación de tres nuevos fueros para los Tribunales de Casación. El proyecto crea Tribunales de Casación para tres fueros: el Civil y Comercial, el Contencioso-Administrativo y el Previsional-Laboral.



El texto fija un mecanismo determinado para evitar que esas medidas se extiendan sin un plazo determinado, aunque exceptúa de este sistema las situaciones que afecten la vida, la salud, el medio ambiente o a sectores vulnerables. La incorporación de los sectores vulnerables fue propuesta en la última reunión del plenario de comisiones por el secretario de Justicia, Julián Álvarez, ante el pedido del Cels y otras entidades para que otorgar resguardar a los sectores más desprotegidos. Lo que sucede es que el proyecto establece determinadas pautas para que el juez dicte una medida cautelar, ya que su uso desmedido permitió, por ejemplo, que la ley de Medios no se aplique plenamente a más de tres años de su sanción, por una cautelar y por una medida similar el diario La Nación hace diez años que no paga una millonaria deuda.



La iniciativa diseñada por el gobierno establecerá que las cautelares no podrán tener una vigencia superior a seis meses en el proceso ordinario, ni de tres meses en el proceso sumarísimo o de amparo, y se podrán extender por seis meses, siempre que ello resultare procesalmente indispensable para los casos citados. El proyecto establece que un juez solo podrá dictar una medida cautelar cuando es competente en la causa, y solo podrá tener validez si dicta esa medida –aunque no le corresponda– si se encuentra comprometida la vida, la salud o el derecho alimentario o sectores socialmente vulnerables



También se habilita al juez a dictar la medida cautelar de manera inmediata y dar luego parte al Estado en casos por riesgo ambiental. En caso de interrupción de servicios públicos, el Estado podrá presentar todo tipo de cautelares para garantizar la prestación de tales servicios.



L.G
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