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ATP: se habilitó la inscripción de los créditos a tasa cero

2020-10-07 09:39:00 |Las empresas que hayan solicitado la línea de asistencia financiera para hacer frente al pago de los salarios de septiembre, podrán conocer el estadio de la gestión y confirmar la transferencia. Paso por paso, cómo realizar el trámite virtual 
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La Administración Federal de Ingresos Públicos ( AFIP) oficializó este miércoles la apertura del período de inscripciones para acceder a los créditos a tasa cero correspondiente al Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP).

Las empresas que se hayan registrado en la web oficial hasta el 27 de septiembre, y que hayan sido confirmadas en la etapa de evaluación, podrán chequear datos para hacer efectiva la transferencia del monto teórico máximo del crédito disponilbe.

De esta forma, se pone en marcha los Créditos a Tasa Subsidiada que ofrecen asistencia para aquellos empleadores que durante agosto de 2020 hayan registrado una variación nominal positiva en su facturación del 0% al 40% en la comparación interanual, detalló AFIP en la resolución 4831.

A su vez, las empresas que registren en su nómina trabajadoras y trabajadores con pluriempleo tendrán habilitada la opción para tramitar su Crédito a Tasa Subsidiada desde el 14 de octubre hasta el 19 octubre, inclusive.

Así, la entidad estatal iniciará este jueves 8 de octubre el calendario de pago de Salario Complementario del programa ATP, que beneficiará a 1,3 millones de trabajadores de más de 124.000 empresas.

Paso por paso, cómo realizar la gestión:

Los solicitantes que se hubieran registrado en el servicio “web” denominado “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción - ATP” dentro del plazo previsto,  y que resulten susceptibles de obtener el beneficio de “Crédito a Tasa Subsidiada”, podrán chequar el estado de situación en la web de AFIP:

Con clave fiscal denominado “Sistema Registral” ?? opción consulta ?? datos registrales ?? caracterizaciones.

A los efectos de acceder al beneficio, los solicitantes deberán reingresar al citado servicio “web” denominado “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción - ATP”, a fin de:

a) Conocer y aceptar el monto teórico máximo del crédito disponible, que resultará de la sumatoria de aquellos que correspondan a cada trabajador que integre su nómina.

b) Indicar una dirección de correo electrónico.

c) Seleccionar la entidad bancaria de su elección para la tramitación del crédito correspondiente.

Allí se identificará el Código Único de Identificación Laboral (CUIL) y la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de cada trabajador, registrada en “Simplificación Registral”, a fin de efectivizar la acreditación del monto del crédito que otorgue la respectiva entidad bancaria.

Fuente: BAE Negocios

l.g
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