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Chaco: quienes digan piropos podrán ser multados y pasar hasta 30 días en prisión

2018-11-08 18:19:09 |La norma prevé que será sancionado con arresto de hasta treinta días o multa equivalente en efectivo de hasta cinco remuneraciones mensuales mínima, vital y móvil. 
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La diputada justicialista de Chaco, Claudia Panzardi , es autora de la ley y explicó que “el acoso sexual en espacio publico o privado de acceso publico, es una manifestación de la violencia contra las mujeres en todo el mundo” y precisó que un 70 por ciento de las encuestadas así lo demuestran: “8 de cada 10 han escuchado piropos, y datos similares son obtenidos en estadísticas de organismos que buscan poner en evidencia la magnitud de este problema” observó.

Se trata de la ley N° 2927 a través de la cuál se modifica el Código de Faltas de Chaco, estableciendo sanciones de hasta cinco salarios mínimo vital y móvil o hasta 30 días de cárcel a quien acosare sexualmente a otro, en lugares públicos o privados de acceso público, siempre que el hecho no constituya delito. El juez podrá considerarlo pertinente y ajustado a las circunstancias que tipificaron la conducta invasiva de connotación sexual, disponer su reeducación o rehabilitación ante organismos u entidades que tutelan y promuevan la concientización respecto a la violencia de género, el desarrollo del ser humanos en su identidad u orientación sexual y su inserción en la Sociedad.

l.g
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